Este cambio que modifica el Reglamento General de Circulación mediante el Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 11 de noviembre, sin embargo su entrada en vigor no será hasta el 11 de mayo.
Antes de la entrada en vigor de los nuevos límites, el límite de velocidad genérico en ciudad ha venido siendo los 50 km/h. Pues bien, dependiendo de las circunstancias y de las características de las calles, vías y avenidas por las que se esté circulando,el límite en cuestión puede bajar a los 20 km/h , estableciéndose también numerosos casos con límite a 30 km/h y 40 km/h
A continuación, desde Yo Renting te detallamos que limites tendrás las travesías y autovías urbanas como también, cuáles serán las multas por infringirlos.
Nuevos Límites de Velocidad
Cuando nos conocemos el recorrido, es un error común no prestar atención a las señales de tráfico ya que pensamos que nos conocemos el camino a la perfección, esto es muy peligroso, ya que nunca sabes qué puede ocurrir en cada momento; un vehículo inesperado que se te cruce, poca visibilidad que altere el recorrido de tu coche… ¡Hay que prestar mucha atención SIEMPRE!
Seguidamente vamos a exponerle las infracciones establecidas por la DGT por exceder la velocidad fijada por la vía. Estas multas pueden ser o bien graves o muy graves dependiendo de cuanto se exceda el limite impuesto.
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